Copia de escritura pública
Reproducción electrónica autorizada por el Cónsul de Colombia que da plena fe de la correspondencia con la escritura pública original que se encuentra en el protocolo del Consulado, de conformidad con el artículo 79 del Decreto Ley 960 de 1970.
Requisitos
- Diligenciar el formulario en línea con toda la información requerida, a través del siguiente enlace https://tramitesmre.cancilleria.gov.co/tramites/enlinea/solicitarCopiaEscritura.xhtml
- Conocer el número, la fecha y el Consulado donde se encuentra la escritura pública original.
- Realizar el pago con el número de solicitud asignado al finalizar el formulario en línea, a través de los medios autorizados.
Nota: Consulte la guía de usuario del formulario en línea aquí
Costos y medios de pago
Lista de consulados que reciben Money Order para realizar el pago:
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Recuerde que para efectuar su pago debe haber realizado previamente la formalización de la solicitud.
Debe validar los medios de pago habilitados por cada consulado. Ver Directorio de Consulados. |
Portal Único del Estado https://www.gov.co/servicios-y-tramites/T25176
Trámites y Servicios